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miércoles, 11 de septiembre de 2013

Archivado el caso contra una pareja acusada de abandono por educar a su hija en casa

Mar Rincón es una niña imaginativa, obediente y cariñosa. Tiene un buen potencial de aprendizaje y la capacidad intelectual propia de su edad, ocho años. Además, su nivel curricular está en consonancia con el de otros niños como ella que el próximo miércoles iniciarán tercero de Primaria. Así figura en un informe pericial realizado por orden judicial para valorar sus habilidades. Porque Mar no pisará las aulas del colegio de Castro Caldelas en el que le correspondería estar matriculada por residencia, sino que se quedará aprendiendo en casa, donde lleva haciéndolo desde los 3 años.
La vuelta al cole, en su caso, será el regreso al homeschooling, un modelo educativo que ha llevado a sus padres a ser acusados por la Fiscalía de Ourense de un delito de abandono de niños y a declarar ante un juez para desmentirlo y demostrar que, al contrario, la decisión de educar a su hija en casa requiere doblar la atención que prestan a la menor.
La titular del Juzgado de Trives a la que correspondió instruir este caso ha decidido archivar la causa atendiendo a todas las pruebas practicadas durante el procedimiento y en esencia al informe psicopedagógico que el propio fiscal querellante solicitó a la Consellería de Educación. El resultado de esta prueba pericial fue contundente para la juez, que acordó el sobreseimiento de las actuaciones atendiendo así al escrito presentado por la defensa de los padres que reclamaba el archivo.
El informe del psicopedagogo de la Xunta concluyó que Mar era una niña como cualquier otra de su edad y que sus habilidades cognitivas y sociales no difieren de las de otros menores de su edad. La resolución provisional de la juez ha devenido en firme al no presentar recurso ninguna de las partes, incluido el Ministerio Fiscal, que ha optado por apartarse del proceso.
El caso de estos padres de Castro Caldelas, Jorge Rincón y Rocío Sanz, fue el primero en Ourense en el que se acusaba a los progenitores por un delito de abandono de niños por educar en casa. El proceso se inició en la primavera de 2012 y por aquel entonces la Audiencia de A Coruña acababa de evitar un juicio penal a una pareja de Sada con tres hijos, y otra madre en Vigo estaba pendiente de la resolución de su recurso por un caso similar que acabó en juicio. Recientemente la no escolarización de un menor en Xinzo de Limia fue comunicada a la Fiscalía de Ourense que, en esta ocasión, se abstuvo de acusar. Los padres de Mar, vinculados a una asociación gallega de homeschooling creen que no existe ningún asunto abierto en la actualidad por este delito de abandono de familia, regulado por el artículo 226 del Código Penal y que contempla penas de tres a seis meses de prisión, o de seis a 12 meses de multa.
Además del informe psicopedagógico, la juez de Trives tuvo en cuenta la documentación remitida por el Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia, CIDEAD, del Gobierno de España que permite la educación no presencial en casos excepcionales, y otros informes de los que se desprende que "no se cumplen los requisitos que requiere el artículo 226 para integrar el delito de abandono de familia que se imputa a los padres de la niña, tanto desde el punto de vista de su interpretación estrictamente legal, como jurisprudencial". La juez también ha valorado diversas sentencias que han absuelto a los padres por casos similares.

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