El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia revoca dos acuerdos del Pleno municipal de Trives que fueron adoptados en la sesión ordinaria del 29 de septiembre del año 2009. En aquel pleno se aprobó una moción del grupo socialista en materia de organización con la que se revocaba un acuerdo plenario del 19 de julio del 2007 y se acordaba celebrar los plenos ordinarios cada dos meses el último miércoles hábil a la misma hora.
El otro acuerdo que revoca el TSXG se aprobaba en un pleno y se trataba de una moción socialista sobre el régimen de dedicación del alcalde y régimen retributivo, por le que se revocaba un acuerdo plenario del 19 de julio del 2007 y se dejaban sin efecto las retribuciones del alcalde por la dedicación parcial establecida con efectos desde el día siguiente a la adopción del acuerdo de baja en la Seguridad Social.
Importancia para ATI
Los responsables de la Agrupación Trivesa Independiente, que en aquel entonces gobernaba el Concello con Francisco José Fernández Blanco al frente, resaltan la importancia de esta resolución del alto tribunal gallego porque confirma que el anterior alcalde cumplió con su dedicación encomendada y porque la presentación y aprobación de mociones del PP y del PSOE con el informe a favor de la secretaria, «obedeceu a un ánimo estritamente persecutorio, vengativo e malicioso por parte de todos eles, e non a razóns de interese xeral».
El TSXG, dice el grupo de los independientes, considera que aquella resolución plenaria del 29 de noviembre del 2007 invadió las atribuciones competenciales exclusivas legalmente del alcalde y echa por tierra los argumentos aducidos en aquel entonces por los ediles socialistas Del Río y Álvarez quienes, según ATI, «plasmaron na moción presentada que tense constatado o sistemático incumprimento por parte do alcalde, do réxime de dedicación parcial que se establecía en 12 horas semanais prestadas os luns, mércores e venres en horario de mañá».
No hay comentarios:
Publicar un comentario