La Audiencia provincial de Ourense condenó a Camilo Labrador González, de 69 años, a seis meses de prisión y a una multa de cuatro meses a razón de seis euros diarios por simular las firmas de sus padres en un contrato y presentarlo en un pleito familiar por una herencia. Con el documento, del 3 de abril de 1988 y, 'faltando a la verdad', según el tribunal, pretendía hacerse con una casa, una cuadra y siete terrenos.
El fallo judicial, conocido ayer, considera probado que el acusado presentó el 17 de abril del 2007, en el Juzgado de Trives, el citado documento. En éste, se hacía constar que 'había adquirido a sus padres por compraventa' los mencionados bienes.
Con tal actuación, el encausado consiguió 'excluir provisoriamente' estas propiedades de la división de la herencia del matrimonio formado por T.L.F. y C.G.G, sus padres, no pudiendo el resto de herederos optar a ellas. Ahora, la resolución de la Audiencia 'decreta la nulidad' de este contrato, que había sido validado en primera instancia. El tribunal considera para ello que 'la falsedad del documento se considera acreditada por la prueba pericial'. También tiene en cuenta que los testigos, algunos hermanos del encausado, declararon que 'dichos bienes no fueron adquiridos nunca en vida por el imputado y que su destino era el patrimonio de todos los herederos'.
En la vista oral, celebrada el pasado 31 de marzo, el Ministerio Público reclamó un total de cinco años de cárcel, la acusación particular cuatro y la defensa pidió su libre absolución. Ahora, se enfrenta a seis meses de cárcel y al pago de una multa que asciende a 720 euros.
Fuente: La Region
El fallo judicial, conocido ayer, considera probado que el acusado presentó el 17 de abril del 2007, en el Juzgado de Trives, el citado documento. En éste, se hacía constar que 'había adquirido a sus padres por compraventa' los mencionados bienes.
Con tal actuación, el encausado consiguió 'excluir provisoriamente' estas propiedades de la división de la herencia del matrimonio formado por T.L.F. y C.G.G, sus padres, no pudiendo el resto de herederos optar a ellas. Ahora, la resolución de la Audiencia 'decreta la nulidad' de este contrato, que había sido validado en primera instancia. El tribunal considera para ello que 'la falsedad del documento se considera acreditada por la prueba pericial'. También tiene en cuenta que los testigos, algunos hermanos del encausado, declararon que 'dichos bienes no fueron adquiridos nunca en vida por el imputado y que su destino era el patrimonio de todos los herederos'.
En la vista oral, celebrada el pasado 31 de marzo, el Ministerio Público reclamó un total de cinco años de cárcel, la acusación particular cuatro y la defensa pidió su libre absolución. Ahora, se enfrenta a seis meses de cárcel y al pago de una multa que asciende a 720 euros.
Fuente: La Region
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